COMUNICADO DEL CONSEJO NACIONAL DE ADOPCIONES
A
FAMILIAS ADOPTANTES AFECTADAS POR PROCESOS DE ADOPCIONES PRIVADAS

El Consejo Nacional de Adopciones ve con mucha preocupación la situación  que actualmente afecta a  familias extranjeras que, de buena fe, intentaron una adopción privada de  niños guatemaltecos, razón por la cual, este Consejo manifiesta lo siguiente:

1) El 31 de diciembre de 2007, entró en vigencia la Ley de Adopciones, mediante la cual se creó el Consejo Nacional de Adopciones -CNA-.

2) Cuando el CNA inició sus labores, había 3,033 casos en transición, que tenían que seguir siendo conocidos por la Procuraduría General de la Nación, de conformidad con la ley anterior (trámite notarial).

3) El CNA no tiene competencia para resolver estos  casos, ya que fueron iniciados antes del 31 de diciembre de 2007 y tramitados por notarios contratados directamente por los interesados. Por mandato legal, corresponde a  la Procuraduría General de la Nación, su aprobación.

4) Algunos de estos procesos de adopción  han concluido y los niños no han sido entregados a las familias adoptivas, porque las agencias  y los notarios tienen desavenencias económicas.

5) Otros casos fueron reportados como procesos de adopción iniciados, cuando en  realidad,  nunca se dio esa situación.

6) Se tiene conocimiento que intermediarios en los procesos de adopción  no son localizables para concluirlos.

7)   De igual manera, se ignora el paradero de algunos niños en proceso de adopción, por lo que el CNA ha iniciado medidas de protección en su favor ante juez competente, con el fin de localizarlos y establecer su situación legal.

8)  Los afectados deben saber que, el haber iniciado adopciones a nivel privado, conlleva grandes riesgos, en virtud de no existir un ente judicial vigilante de la actuación de los profesionales del Derecho y agencias involucrados en los casos.

9) Sugerimos, a los interesados, avocarse a la Procuraduría General de la Nación, que, de acuerdo a la ley, es el ente responsable de resolver estos casos que quedaron pendientes al entrar en vigencia la Ley de Adopciones.

10) Finalmente y  con el afán  de colaborar en la incorporación a los procesos de protección iniciados por el CNA, solicitamos a las familias afectadas enviar al Consejo Nacional de Adopciones, a través del Consulado de Guatemala en Washington, un listado que contenga el nombre de los adoptantes, del  niño a ser adoptado,  del notario y, si lo tuvieren, el número del caso en la PGN y la fecha de inicio del trámite.

Consejo Nacional de Adopciones (Autoridad Central en materia de adopciones para Guatemala), Guatemala de la Asunción, 15 de junio de 2009.